Panamá ha incorporado nuevas reglas de sustancia económica que tendrán especial relevancia para inversionistas extranjeros y grupos empresariales con estructuras internacionales.
La Ley 526 de 28 de mayo de 2026, reglamentada mediante el Decreto Ejecutivo N.º 32 de 2 de septiembre de 2026, establece requisitos de sustancia económica para determinadas entidades panameñas que formen parte de grupos multinacionales y reciban ciertas rentas pasivas de fuente extranjera. Las obligaciones serán aplicables a períodos fiscales que inicien a partir del 1 de enero de 2027.
¿Qué ingresos pueden estar sujetos?
- Dividendos y participaciones en utilidades.
- Intereses.
- Regalías.
- Ganancias de capital.
- Rentas de inmuebles ubicados en el extranjero.
- Otras rentas de capital mobiliario.
| Importante: la normativa no aplica automáticamente a todas las sociedades panameñas, aunque sí están dentro de su ámbito de aplicación todas las formas jurídicas. De esa cuenta, es necesario analizar la estructura del grupo, riesgos asumidos, residencia fiscal, actividades e ingresos de cada entidad. |
¿Qué significa tener sustancia económica en Panamá?
Dependiendo de la actividad y características de la entidad, será necesario demostrar una presencia económica real y adecuada en Panamá, que puede incluir:
- Personal calificado y remunerado.
- Instalaciones apropiadas en las cuales se celebren reuniones de Junta Directiva u órgano equivalente (incluso).
- Gastos operativos relacionados con la actividad.
- Dirección y gestión efectiva desde Panamá.
- Decisiones estratégicas debidamente documentadas.
La normativa también permite cierta tercerización de recursos y servicios en Panamá, siempre que se cumplan las condiciones contractuales establecidas y la entidad mantenga la supervisión correspondiente; así como que se pueda individualizar los servicios y montos asociados propiamente a la prestación de los servicios.
¿Qué ocurre si no se cumple?
Una entidad que esté sujeta al régimen y no logre demostrar la sustancia económica requerida puede ser considerada entidad no calificada.
| En ese supuesto, las rentas pasivas extranjeras correspondientes pueden quedar sujetas a una tarifa del 15 % sobre la renta neta gravable, además de las consecuencias que puedan resultar aplicables conforme a la legislación tributaria. |
¿Su estructura necesita una revisión?
Si mantiene una sociedad, fundación, fideicomiso u otra estructura en Panamá que recibe ingresos o mantiene inversiones en el extranjero, 2026 es un momento oportuno para revisar su situación antes de la entrada en vigencia de los nuevos requisitos.
Una evaluación integral puede ayudarle a determinar:
- Si la Ley 526 aplica a su estructura.
- Qué requisitos de sustancia económica debe cumplir.
- Qué documentación deberá conservar.
- Si su estructura legal, fiscal, contable y corporativa está correctamente alineada.
| ¿Tiene inversiones o una estructura internacional vinculada con Panamá? Contáctenos para evaluar su situación y prepararse adecuadamente para las nuevas obligaciones de sustancia económica en Panamá. Podemos asistirle de manera integral en aspectos legales, fiscales, contables y de cumplimiento corporativo. |
Aviso: Este contenido es exclusivamente informativo y no constituye asesoría legal, fiscal o contable. La aplicación de la normativa depende de las circunstancias particulares de cada entidad o grupo empresarial.

